09/12/10

Ventres de aluger



As crianças nacidas gracias o aluger de vientres já som legais em Espanha


El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Registros y Notariado, ha dictado instrucciones para registrar en España a los niños nacidos en el extranjero fruto de un contrato de gestación por sustitución.
Es decir, lo que se conoce comúnmente como vientre de alquiler o subrogado, siempre y cuando se presente una resolución judicial del país de origen que garantice la legalidad del proceso.

Según ha informado este departamento, el objetivo es que el menor tenga acceso al Registro Civil cuando uno de los progenitores sea de nacionalidad española, a fin de reconocer su nacimiento a efectos registrales.
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Además, Justicia afirma que de este modo se impide que la inscripción “dote de apariencia de legalidad supuestos de tráfico internacional de menores” y evita “la vulneración del derecho del menor a conocer su origen biológico”.
En concreto, la instrucción establece la necesidad de presentar ante el Registro Civil una resolución judicial de un tribunal competente en el país de origen que garantice que la gestante está en pleno uso de sus facultades en el momento de la renuncia a su maternidad y que el contrato de gestación por sustitución se ajusta a la legalidad.
Justicia sostiene que esta exigencia “permitirá controlar el cumplimiento de los requisitos del contrato respecto al marco legal del país donde se ha formalizado, así como la protección de los intereses del menor y de la madre gestante” ya que la resolución judicial “permite verificar que no existe simulación en el contrato que encubra tráfico internacional de menores”.

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